Las organizaciones por los derechos humanos en Perú han condenado en severos términos el decreto legislativo 982, que modifica el artículo 20 del Código Penal. Con esta medida, se declara inimputables a los integrantes de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional que causen lesiones o muertes "en el cumplimiento de su deber y en uso de sus armas de forma reglamentaria".
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Al mismo tiempo, muchos de los procesados por violaciones a los derechos humanos podrían señalar este artículo para beneficio propio, porque el principio de retroactividad benigna indica que una nueva ley se aplica a quienes han cometido crímenes con anterioridad, si les es más favorable.
Las organizaciones por los derechos humanos manifiestan también su preocupación por el nuevo contenido del delito de extorsión, que ahora incluye actos como impedir el libre tránsito y perturbar el normal funcionamiento de los servicios públicos. Cuando estos actos sean cometidos por dos o más personas, se pueden aplicar desproporcionadas penas, como por ejemplo 25 años de prisión.
La Asociación Pro Derechos Humanos (APRODEH) llama a las autoridades peruanas a que, en vez de promover la impunidad y criminalizar la protesta social, se esfuercen por crear mecanismos eficaces para satisfacer las necesidades de los menos privilegiados. En este marco, APRODEH está coordinando con organizaciones sociales y de derechos humanos para hacer frente a las represivas medidas gubernamentales.Fernando Cabrera habló sobre el tema con Wilfredo Ardito, perteneciente a la APRODEH.
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