En un fallo inédito, la Corte Suprema de Justicia argentina ordenó al gobierno nacional y a la provincia de Chaco asistir con agua y alimentos a los indígenas tobas. El máximo tribunal acogió la medida cautelar presentada por la Defensoría del Pueblo de la Nación.
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El máximo tribunal de justicia argentino acogió la medida cautelar presentada a finales de agosto por el Defensor del Pueblo, Eduardo Mondino. En sus argumentos, Mondino pidió que se adopten "las medidas necesarias para modificar las actuales condiciones de las poblaciones que se encuentran en una situación de extermino silencioso, progresivo, sistemático e inexorable".
Alejandro Pintamalli: ¿En qué consiste la intimación al gobierno nacional y provincial y desde cuándo se pone en práctica?
Eduardo Mondino: Este es un fallo que la Corte ha tomado en función de una presentación que nosotros hemos hecho tratando de preservar, tutelar y defender los derechos de nuestras comunidades tobas. La Corte nos ha dado una medida cautelar, ordenándole al Estado nacional y provincial que de manera inmediata asistan con elementos mínimos como agua potable, comida y transporte a estas comunidades, y luego ha citado y ha pedido una serie de informes además de una audiencia a la que ha convocado a las partes para lo que nosotros consideramos que debería ser la discusión sobre un programa permanente de asistencia a las comunidades que están en situación de riesgo, que nosotros hemos denominado de "emergencia humanitaria" y de casi un exterminio.
AP: Es decir que no estamos hablando aquí, como se ha denunciado, de la adopción de medidas paliativas, sino que se trata de medidas que atiendan las necesidades urgentes de estas poblaciones.
EM: Nosotros hemos planteado y hemos recibido con beneplácito la medida cautelar que se traduce en medidas urgentes que se deben tomar de manera inmediata y que son coyunturales, pero nuestro juicio, nuestro inicio de demanda tiende a buscar culminar con estas desventajas, es decir, con esta desproporcionada violación a los derechos humanos que sufren estas poblaciones. Por eso es que pedimos que el Estado debe instalarse en la zona y en esa zona es donde debe actuar y reestablecer las condiciones de vida. Hoy en esa zona no hay condiciones de vida.
AP: ¿En qué medida la cobertura mediática, nacional e internacional, sobre este drama que se vive en la región del Impenetrable chaqueño influyó en la decisión de la Corte?
EM: Yo creo que siempre la puesta en el escenario público de este tipo de cosas hace visible y por lo tanto, genera además del derecho propio..., yo estoy convencido que aún sin la mediatización que esto tuvo la Corte nos hubiera dado esta medida cautelar porque nuestros jueces entienden lo que son los compromisos de no vulneración de los derechos humanos que tenemos en Argentina, pero sin ninguna duda la puesta, tanto a nivel nacional como internacional de esta problemática nos ha ayudado y mucho.
AP: ¿En los hechos, esta medida acogida por la Corte Suprema implica un seguimiento de situación?
EM: Bueno, la Corte va a determinar a pedido de informes. Nosotros vamos a seguir, de hecho estamos ya planeando dentro de una semana o dos otra misión en la zona, con lo cual vamos a continuar y vamos a advertir si esta orden de la Corte no se cumple.
AP: Organismos no gubernamentales han advertido ya hace tiempo que se necesita de una política socio sanitaria urgente y muy precisa para revertir la situación de pobreza extrema que padecen estas poblaciones. ¿Se cuenta con el personal y los elementos para poner manos a la obra?
EM: Creo que se puede recurrir a organismos que el propio Estado tiene que podría poner en marcha, por lo menos, para aquellas cuestiones imprescindibles.
*Eduardo Mondino, Defensor del Pueblo de la Nación.
Etiqueta: Argentina, Chaco, Corte Suprema, derechos humanos, desnutrición, latinoamerica, radio nederland
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